Vida Parroquial
La Hermandad Mayor de Nuestra Señora de Setefilla reconoce la jurisdicción pastoral del Señor Párroco de la Asunción en todos los cultos que tienen lugar en dicha Parroquia y determinan estas Reglas. No obstante, el ministerio de asistencia espiritual a nuestra Hermandad, corresponde al Director Espiritual de la misma, el cual representa al Ordinario del lugar en el seno de la Hermandad y es propuesto por la Junta de Gobierno entre los sacerdotes con cargo pastoral en Lora del Río, comunicándose para ello el nombre del sacerdote designado al Obispo Diocesano, a quien compete exclusivamente nombrarlo y removerlo, entendiendo que la competencia exclusiva del Ordinario en nombrar y cesar al Director Espiritual no supone merma alguna para la Hermandad de proponer nombramiento de nuevo Director Espiritual cuando lo considere oportuno.
El Director Espiritual tiene, en virtud de las Normas Diocesanas, el derecho de asistir a todas las sesiones de la Junta de Gobierno, con voz, pero sin voto, y también a los Cabildos Generales. En estos últimos tendrá voto si es Hermano. Por otra parte, deberá ser oído y dar su visto bueno en todo lo referente a actos de culto, proclamación de la Palabra de Dios, formación cristiana de los Hermanos, y obras de apostolado y caridad.
El Director Espiritual promueve la fidelidad de los Hermanos a su vocación cristiana en el aspecto de espiritualidad personal y de apostolado, Les comunica o les hace recordar, en actos religiosos o en los Cabildos, las directrices emanadas por el Papa y los Obispos. Les dirige una breve exhortación en los Cabildos Generales cuando lo creyere conveniente. Organiza anualmente unos días de Ejercicios para los Hermanos o los exhorta a asistir a los que organice la Parroquia a la que pertenecen. Promueve la caridad y unión fraterna entre los Hermanos. Inspeccionará la vida y desenvolvimiento de la Hermandad, a la que aconsejará con su prudencia y celo. A él toca bendecir la medalla de la Hermandad y recibir la consagración y juramento de los nuevos Hermanos y de los que hubieren llegado a los catorce años de edad.